El término de giro suele ser un dolor de cabeza por los requerimientos y condiciones necesarias para su autorización, para esto se deben cumplir los siguientes puntos:
- No debe tener anotaciones en las rentas anteriores.
- No debe tener diferencias en sus declaraciones de F29.
- No debe tener deudas en la tesorería.
Si se cumplen estos puntos se puede procesar la solicitud, el servicio consiste en:
- Preparar el balance o libro de caja según el régimen de tributación.
- Preparación de documentación.
- Presentación y seguimiento de la autorización de término de giro.
El plazo estimado del término de giro es de 30 días, esto podría variar según la unidad de SII y observaciones a modificar.
El precio del servicio se debe consultar previamente para ver la complejidad de la declaración.